Protocolo de Voto trans
El siguiente protocolo, Resolución No. 3480 de 2020, emitido por el Consejo Nacional Electoral (CNE) fue diseñado y propuesto por la Corporación Caribe Afirmativo, el Grupo de Acción y Apoyo a Personas Trans (GAAT) y la Misión de Observación Electoral (MOE), como una acción afirmativa orientada a eliminar las barreras, violencias y prácticas discriminatorias que históricamente han impedido a las personas trans ejercer plenamente sus derechos políticos y electorales en Colombia.
A partir de un diagnóstico sobre la situación de discriminación, exclusión y violencia que enfrentan las personas trans —especialmente en escenarios electorales— el documento establece medidas concretas para garantizar su derecho al voto durante la jornada electoral, promover procesos de capacitación y sensibilización a autoridades electorales y fuerza pública, fortalecer mecanismos de queja ante actos discriminatorios y avanzar en la adecuación institucional para el reconocimiento efectivo de la identidad de género en los registros electorales.
La adopción de este protocolo por parte del CNE marcó un precedente en la democratización del sistema electoral colombiano, al reconocer la necesidad de acciones específicas que aseguren condiciones reales de igualdad para las personas trans en el ejercicio del sufragio.
Este material busca facilitar la comprensión de sus alcances y promover su implementación efectiva en todos los procesos electorales, como parte del compromiso con una democracia plural, incluyente y libre de discriminación.
Puntos clave del protocolo
1- Derecho a elegir la fila para votar según identidad
Cuando una persona trans llega a votar, puede elegir si quiere hacer parte de la fila de mujeres o de hombres, independientemente de cómo aparezca su nombre, sexo o foto en su documento de identidad.
2- No se puede negar el derecho al voto
Bajo ninguna circunstancia se puede impedir el voto de una persona trans por diferencias entre lo que muestra su documento y cómo se identifica su género.
3- Requisa y trato con la fuerza pública
Si hay requisa o revisión (como control de seguridad), esta no puede estar basada en prejuicios o estereotipos sobre identidad de género.
Si una persona trans indica que prefiere ser registrada o revisada por agentes de un género específico (hombres o mujeres), se respeta esa decisión.
4- Lenguaje y trato respetuoso
Los funcionarios, jurados y fuerzas públicas deben evitar preguntas invasivas, comentarios denigrantes y exigir pruebas adicionales sobre identidad de género.
5- Uso de apellido si hay discordancia
Si no hay coincidencia entre datos del documento y la expresión de género, las autoridades deben referirse a la persona por su apellido para evitar confusiones o trato discriminatorio.
6- Mecanismos para reclamar discriminación
Si una persona trans sufre trato discriminatorio durante la jornada electoral, puede presentar queja ante las mesas de justicia o mecanismos que las autoridades definan.
7- Capacitación y sensibilización a las autoridades (como la Registraduría y la fuerza pública)
Las autoridades deben recibir capacitación sobre cómo aplicar el protocolo y garantizar respeto en los puestos de votación.
8- Promoción del censo electoral
Durante las inscripciones de cédulas, se deben hacer campañas invitando a las personas trans a actualizar su residencia para que puedan ser incluidas en el censo electoral.
9- Difusión y seguimiento
El protocolo debe ser difundido ampliamente, incluido en materiales de capacitación y usado por distintas autoridades para asegurar su cumplimiento.
¿Por qué es importante?
Este protocolo existe porque las personas trans pueden enfrentar barreras o discriminación al votar si su identidad de género no coincide con lo que aparece en el documento. La norma busca garantizar que su derecho al voto sea real y efectivo, sin humillaciones ni exclusiones.
Organiza